September 10, 2026
Corte Suprema prohíbe a ayuntamientos imponer gravámenes en sector energético
Política

Corte Suprema prohíbe a ayuntamientos imponer gravámenes en sector energético

Sep 18, 2025

MÉXICO.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió en sesión de este miércoles 17 de septiembre que los gobiernos municipales carecen de facultades para emitir o cobrar autorizaciones relacionadas con obras de electricidad e hidrocarburos, al considerar que esto invade competencias federales del Congreso de la Unión.

El máximo órgano judicial invalidó dos apartados del artículo 143 Quarter de la Ley de Hacienda de Tulum, Quintana Roo, que establecía un recargo del 5% sobre el consumo de energía eléctrica de la CFE para mantenimiento de alumbrado público.

La Corte señaló que esta decisión busca garantizar el derecho al servicio de alumbrado público “pagando su costo real y evitando cobros arbitrarios por parte de los municipios”.

Los ministros determinaron que la norma anulada constituía un impuesto sobre el consumo eléctrico, cuya regulación corresponde exclusivamente al Poder Legislativo federal.

“Estos municipios deben cobrar el alumbrado público según su costo real y no basado en el consumo individual, para no vulnerar los principios de proporcionalidad y equidad tributaria”, indicó la SCJN.

En la misma sesión, se invalidaron disposiciones de leyes de ingresos de ocho municipios de Coahuila que imponían cargos por licencias de funcionamiento para instalaciones dedicadas a la extracción de gas y perforación de hidrocarburos.

El Tribunal reiteró que las contribuciones municipales no pueden sobrepasar las facultades del Congreso de la Unión, estableciendo que la regulación de estas actividades compete a la Cámara de Diputados y al Senado, por tratarse de “recursos estratégicos de dominio directo e inalienable de la Nación”.

En consecuencia, el Pleno reafirmó que la regulación y cobro de estas actividades no puede ser de carácter municipal.

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